DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: El Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 6°, y artículo 322 concatenado con el artículo 318 ordinal 3° ejusdem, a favor de los ciudadanos PABLO ARNOLDO VALENZUELA DAZA, cédula de identidad N° V-5.435.800, nacido en municipio Jiménez, Cubiro, Estado Lara, el 01-07-1952, Venezolano, Soltero, de Ocupación Agricultor, hijo de Maria Isabel Daza de Valenzuela y Florencio Antonio Valenzuela, residenciado en el Quibor, Barrio la libertad calle 1 entre 14 y 15, casa N° 20, cerca de la bomba de gasolina trébol, , Tlf. 0414-4514183., y OSCAR RAFAEL VALENZUELA DAZA, cédula de identidad N° V-2.597.196, nacido en el .....