DECISION
Por lo tanto, en consideración de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Tercero Agrario Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad Contencioso Agrario, incoado por la compañía Agrícola La Laguna C.A., contra el acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en sesión Nº 274 de fecha 26 de octubre de 2009. Punto de Cuenta Nº 006. SEGUNDO: En consecuencia, se declaran válidos y con todos sus efectos jurídicos, el acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en sesión Nº 274 de fecha 26 de octubre de 2009. Punto de Cuenta Nº 006. TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente caso. CUARTO: La presente sentencia es dictada dentro del lapso establecido en el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los.....