III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE el Amparo Cautelar solicitado por la empresa mercantil EL TUNAL C.A. antes identificada en contra de la SUB-INSPECTORIA DEL TRABAJO, EL TOCUYO, ESTADO LARA.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la empresa mercantil EL TUNAL C.A. antes identificada en contra de la SUB-INSPECTORIA DEL TRABAJO, EL TOCUYO, ESTADO LARA. En consecuencia, se suspenden los efectos del acto administrativo contenido en el acta de fecha 25 de septiembre de 2009, signado con el Nº REC 00466-2009, dictada por la Sub Inspectoría mencionada, hasta tanto haya sentencia definitiva del asunto principal.
Notifíquese al PROCURADOR GENERAL DE LA RE.....