Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de amparo constitucional intentado por el ciudadano VICTOR ROJO contra la FUNDACIÓN TRUJILLANA DE LA SALUD (FUNDASALUD).
SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de 11 de octubre de 2007, que declaro Sin Lugar la presente acción de amparo, con las modificaciones aquí expuestas.
TERCERO: No se condena en costas por no ser temeraria la presente acción.