DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este juzgado superior segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la circunscripción judicial del Estado Lara, administrado justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERA: De oficio anula el auto de fecha 28 de junio del corriente año, dictado por el juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y delTránsito de esta Circunscripción Judicial. Se repone la causa, declarándose inadmisible la apelación de fecha 22 de junio del año en curso, interpuesta por la abogada EDDY YUMAR ZAMBRANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 126.154, y recibida en esta alzada en fecha 06-07 del corriente año, aduciendo actuar sin poder del accionante Carlos Eduardo Alvarado Córdoba, identificado en autos, contra la decisión interlocutoria con carácter definitivo de fecha 16 de junio del año en curso dictado por el juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y.....