DECLARO: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado RAFAEL BAUTISTA RAMÍREZ, en su carácter de defensor privado, contra la decisión dictada en fecha 21 de junio de 2016, por el Tribunal Cuarto de Ejecución de Sentencias, con sede en San Cristóbal, estado Táchira, que negó la solicitud de Suspensión Condicional de la Pena, al penado ALFREDO YOEL CHACÓN PERNÍA, quien fue condenado por el delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º, del Código Orgánico de Justicia Militar, fundamentado en el artículo 439 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal.