Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: SE EJECUTA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia dictada por el Tribunal Militar Undécimo de Control, de fecha 08/08/2016, mediante la cual se condenó a Ocho (08) meses de prisión, al ciudadano ALFREDO SEPÚLVEDA MORA, titular de la cédula de identidad N° 15.856.120, por la comisión del delito militar de ULTRAJE AL CENTINELA previsto y sancionado en el artículo 502 del Código Orgánico de Justicia Militar, más la pena accesoria establecida en el artículo 407 numeral 1° Eiusdem; SEGUNDO: A partir de la presente fecha el ciudadano ALFREDO SEPÚLVEDA MORA, titular de la cédula de identidad N° 15.856.120, opta al beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, hasta t.....