En virtud de los razonamientos expuestos Este Tribunal de Control Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, PRIMERO: Se ADMITE totalmente la Acusación Fiscal presentada en contra del ciudadano ALEXIS RAFAEL ARANGUREN, con el Cambio de la Calificación por el delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en el articulo 455, en concordancia con los Artículos 80 y 82 del Código Penal, así como las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser necesarias, lícitas y pertinentes, a los fines que puedan ser evacuadas en el Juicio Oral y Público de conformidad con el artículo 330 numeral 9° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano ALEXIS RAFAEL ARANGUREN, titular de la cedula de identidad N° 17.356.440, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRISIÓN, más las accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito.....