DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, Recurso de Apelación, interpuesto por la Fiscalía Sexagésima Segunda 62º Abg. Ana Beatriz Navarro y Fiscal Vigésimo Primero 21º Abg. Rubén Darío Ramones Saavedra del Ministerio Público, contra la decisión dictada por la Jueza del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha en 04 de Julio de 2012, mediante la cual decreto el decaimiento de la medida privativa a favor de los ciudadanos DANILO ANTONIO LABARCA, YASMER JOSRE SANCHEZ BRIÑEZ, JOSE LUIS VIERA, ROBIN JOSE ESPINA DELGADO, Y RENNY ALBERTO MASS Y RUBI, titulares de la cedulas de identidad Nº9.771.631, Nº.9.762.620, Nº.9.716.524, Nº.11.861.899 Y Nº.9112.940, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Inte.....