Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: Este Tribunal Militar acoge la precalificación jurídica y considera como acto formal de imputación los hechos que ha señalado la fiscalía militar, quedando formalmente imputado el ciudadano Alexander Zerpa Lucena, titular de la cedula de identidad Nº V-7.469.567, por la presunta comisión de los Delitos Militares de MENOSPRECIO A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 505, USURPACIÓN DE FUNCIONES previsto y sancionado en el artículo 507 Y FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELLOS Y FIRMA Y USO DE DOCUMENTO MILITAR FALSIFICADO, previstos y sancionados en los artículos 568 numerales 1 y 2 y 569 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Conforme lo previsto en los artículos 234 y 373 del Código Orgánic.....