Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano Soldado (EjNB) YHOAN PASTOR CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 20.186.162, plenamente identificado en autos, conforme a los artículos 250, 251 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de C/2do. (EjNB) Francisco Adrián García Plaza, y de los delitos militares de Sustracción de Efectos Pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Uso Indebido de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 570 ordinal 1º y 508 del Código Orgánico de Justicia Militar. Se acuerda proseguir la presente Causa por el.....