Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estadio Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción INTERDICTAL DE AMPARO A LA POSESION, interpuesta por la querellante Kathiuska Meredith Yeguez Campos, contra los querellados José Andreina Olivares Pimentel y José Andrés Olivares, ut supra identificados.
Publíquese y regístrese, incluso en la página oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de esta decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.