Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Militar Quinto de Control, siendo competente por la materia, según lo prevé el artículo 261 de la Constitución Nacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, tomándose en consideración lo expuesto en los artículos 126, 127, 132, 157, 236, 237, 240 y 373 en su último aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la aprehensión en flagrancia en la presente causa, en virtud de lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Declara con Lugar la solicitud del Ministerio Publico Militar con respecto a tomar este acto como formal imputación del ciudadano GARCIA GONZALEZ MERWITH JOSE, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.063.253; TERCERO: SE DECLARA CON LUGAR la Pre-calificación Jurídica realizada por el Fiscal Militar, en contra del ciudadano GARCIA GONZALEZ MERWITH JOSE, Titular de la Cédula de Iden.....