Visto escrito remitidos por el Director del Internado Judicial de Yaracuy y del penado CLAUDIO MODESTO BRICEÑO HERNANDEZ, quien solicita se deje sin efecto auto dictado por este tribunal en fecha 11 de Julio de 2008, acordándole traslado para el Estado Yaracuy, lo cual fue ejecutado por las autoridades respectivas, creándose con el nuevo planteamiento una situación confusa en cuanto al sitio donde está pernoctado el penado es por lo que se ORDENA CON CARACTER DE URGENCIA, se oficie al Director del Centro de Pernocta del Estado Lara, a los fines de que informe con la URGENCIA DEL CASO, si efectivamente el penado ya identificado se encuentra en esa sede, y cuando ingreso al mismo, pues no existe en autos decisión de este tribunal dejando sin efecto el traslado que en forma voluntaria solicito el penado. Notifíquese. Regístrese, publíquese y remítase copia integra de este auto al Centro de Pernocta. Cúmplase.