DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto conforme lo establecido en el artículo 514 de la ley especial que rige la materia y el artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución procede en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a Declarar TERMINADO el procedimiento, en consecuencia se ordena el Archivo del expediente de Divorcio 185-A incoado por los ciudadanos ROSALINDA MARÍA PÁEZ SÁNCHEZ y CARLOS YSMAEL PALMERA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.946.806 y V-15.778.724, respectivamente, en consecuencia, se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la solicitante presentar nuevamente la solicitud trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia, dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, d.....