de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Décimo Octavo de Control en contra de los penados TENIENTE LUIS MIGUEL LINARES, titular de la cedula de identidad N° V- 20.709.008, el SARGENTO SEGUNDO CESAR AUGUSTO CASTILLO CASTILLO, titular de la cedula de identidad N° V- 19.989.816 y el SOLDADO YORBIS ALEJANDRO URIANA URIANA, titular de la cedula de identidad N° V- 26.871.303, quienes fueron condenados a una pena de NUEVE (09) MESES Y VEINTIDÓS (22) DÍAS DE ARRESTO, en el caso del TENIENTE LUIS MIGUEL LINARES, y el SARGENTO SEGUNDO CESAR AUGUSTO CASTILLO CASTILLO, y DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES Y SIETE (07) DÍAS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en el numeral 1 y 2 .....