En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el ciudadano MANUEL DE JESUS MARQUEZ en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil IMPORTADORA MARQUESINHO, C.A, EN CONTRA DEL AUTO DE FECHA 13 DE JUNIO DE 2016, dictado por el Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaró como no presentada o inexistente, y por consiguiente sin valor alguno el escrito de apelación de fecha 24 de mayo de 2016 consignado por la parte demandada ciudadano MANUEL DE JESUS MARQUEZ en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil IMPORTADORA MARQUESINHO, C.A., y en consecuencia ordena al Juez.....