Como consecuencia de los expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por el Ministerio Público Militar en cuanto a la aplicación de una medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano SOLDADO JUAN CARLOS PERDOMO TORRELLES, titular de la Cédula de Identidad N° V-23.959.455, de nacionalidad venezolano, estado civil soltero, con domicilio procesal en Barrio Nueve de Marzo, calle 2, final 4, casa numero 3-36, Agua Blanca, estado Portuguesa, integrante del contingente Septiembre 2008, hijo de Carmen Torrelles y de Dámaso Perdomo, actualmente plaza del 133 Batallón de Infantería "Vuelvan Caras", quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los Artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en.....