DISPOSITIVA: Este Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de calificación de flagrancia en la detención del ciudadano imputado CABO PRIMERO MEDINA CHIRINOS ANDERSON RENIER, titular de la cedula de identidad Nº V.-20.658.733, plaza del 115 G.A.C. "Pedro María Freites", ubicado en Fuerte Mara, Municipio Mara del Estado Zulia, por estar presuntamente incurso en los siguientes delitos militares: SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1, y DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520, en grado de AUTOR, en concordancia con los artículos 389 numeral 1 y 390 numeral 1, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en virtud a que el delito flagrante es aquel de acción pública que se comete o se acaba de cometer, y es presenciad.....