DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la presente Acción de Amparo Constitucional; interpuesto por los Abogados ANIBAL PALACIOS y JUAN CARLOS RODRIGUEZ, en su condición de Defensores Privados del ciudadano LUIS ANTONIO PRIETO, contra la decisión dictada por la Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 4 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 10 de marzo de 2009, donde negó la solicitud de nulidad interpuesta por la defensa el 25-02-2009.
SEGUNDO: se ANULA tanto la audiencia preliminar, el respectivo Auto de Apertura a Juicio y la Acusación Fiscal, interpuesta como acto conclusivo, y consecuencialmente, la medida cautelar del coerción (Detención Domiciliaria), que fue dictada en la audiencia preliminar.
TERCERO: Se REPONE la.....