Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 03 de noviembre de 2004, por la abogada CARMEN ESPERANZA HERNANDEZ, en su carácter de apoderada de la demandada, contra la sentencia dictada el 26-10-04, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia se declara firme los honorarios profesionales reclamados por la abogada ISABEL CRISTINA FERRER PEREIRA, y se condena a FONDO COMUN C.A. BANCO UNIVERSAL, a cancelar la suma de doscientos cincuenta y cinco mil setecientos cinco bolívares con cincuenta y cinco céntimos (Bs. 255.705,55) por concepto de honorarios profesionales, más la indexación judicial, calculada mediante experticia complementaria del fallo. Queda así CONFIRMADA la decisión sometida a consulta.