Se dictó sentencia interlocutoria declarando SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los solicitantes CARLOS ENRIQUE, JUDITH COROMOTO, ARY YURY, LUCY COROMOTO, ELVIA OLINDA y MARY ISABEL AGRELA DURAN, asistidos por el abogado en ejercicio GIOVANNY MELENDEZ, contra el auto de fecha 20-01-2004, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. Se declara terminado el procedimiento de declaratoria de únicos y universales herederos, debiendo las partes ocurrir al procedimiento ordinario. Queda MODIFICADO el auto apelado.