Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el Ciudadano MANUEL ANTONIO PEREZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro. V- 10.774.884, asistido el profesional del derecho RICHARD RODRIGUEZ, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el No. 90.324, con domicilio procesal en la ciudad de Barquisimeto estado Lara, en contra de la Sociedad Mercantil CACHAPERA LA TIENDA DE JEHOVA y solidariamente a la persona natural STANLI ANTONIO CORTEZ MORON y ordena a pagar a la parte demandante la cantidad de CUATROSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y UNO CON DOCE CENTIMOS, (Bs. 439.171,12).
Asimismo, siendo que de conformidad con lo estableci.....