Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA a la Penada GREGORIA CHIQUINQUIRA FIGUEROA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.002.804, a los fines de que pernocte en el domicilio de su grupo familiar, ubicado en la siguiente dirección: carrera 13, entre calles 7 y 8, casa N° 7-10, barrio Santos Luzardo, Barquisimeto estado Lara, teléfono 0251-2376862, los días Jueves y viernes de la Semana Santa, conforme a lo establecido en los artículos 28 del Reglamento Para la Supervisión de los Destacamentarios y del Articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.