DECLARO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada RAYZA V. TORRES DURAN, defensora del ciudadano Sargento Segundo (EJ) JULIO CESAR GARCIA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº V-14.528.235 y en consecuencia se CONFIRMO la decisión dictada en fecha dos de marzo de dos mil cinco, por el Tribunal Militar Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante la cual se acordó mantener la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, decretada contra el ciudadano Sargento Segundo (EJ) JULIO CESAR GARCIA ROMERO, conforme a los artículos 250 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.