Mediante Resolucion Nº:PJ0252024000026, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por los ciudadanos: OSCAR ALBERTO MOYA CARRERO y ERIKA JOSEFINA SÁNCHEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.267.085 y V-16.222.245, debidamente asistidos por el Ciudadano ALBERTO GIRON RIOS, abogado en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 207.685, Así se Decide.-