Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la medida innominada solicitada por la parte actora en el presente juicio contentivo de prescripción adquisitiva, incoada por los ciudadanos José Jhonatan Leal y Leyda Josefina Rodríguez contra la sociedad mercantil Kamarata Hotel 91. C.A., (representada por Wilson Rodrigo Murcia Davila).