En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCION celebrada entre las partes celebrada el 11/01/2024, en los mismos términos allí establecido, en el juicio con motivo de la NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, interpuesto por los ciudadanos Luis Junior Ruiz Villegas y Cristian Alfonzo Ruiz Villegas contra los ciudadanos Katerin Ninibeth Ruiz Al Hazzan y Neida Gregoria Castejon Sandoval y se procede como sentencia pasada autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.