este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Extemporáneo por anticipado el escrito de oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal con ocasión de la causa por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL intentada por Sociedad Mercantil URBANIZADORA GUARDATINAJAS C.A., representada por su Presidente el ciudadano HERNÁN TAMAYO AVELLAN, arriba identificados.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas. Regístrese y Publíquese.
TERCERO: Déjese copia certificada del presente fallo.