DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Este juzgado por las razones expresadas y dado la magnitud de los hechos investigados, y siendo que la precalificación fiscal es por el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en grado de cooperador, previsto en el artículo 83 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera que es necesario escuchar a las partes para debatir la solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, que hiciere la vindicta pública, conforme a lo previsto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión del artículo 537 del .....