Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara:
Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada.
Segundo: Queda así CONFIRMADA la sentencia de fecha 09-06-2011, dictada por el juzgado a quo.