Se REVOCA la decisión del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 12 de este Circuito Judicial Penal (Extensión Carora), de fecha 030 de Mayo de 2007, en la cual se negó la entrega del vehículo Marca Dodge, Clase Camioneta, Tipo Pick Up, Uso Carga, Serial de Carrocería 3B7HF28Z4WM200610, Serial de Motor V 8, Placas 96R-AAR, Modelo RAM 4x4, Año 1998, Color Gris, a su persona. SEGUNDO: De OFICIO se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 12 de este Circuito Judicial Penal (Extensión Carora), realice las actuaciones necesarias tendientes a la demostración de la propiedad o posesión de buena fe del ciudadano RAFAEL HIPÓLITO PUERTAS, sobre el vehículo solicitado, a través de la práctica de la respectiva experticia de autenticidad del Certificado de Registro, esto a los fines de que se pronuncie sobre la entrega del vehículo al mencionado ciudadano.