DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero (por encontrarse de guardia) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, la Extinción de la Responsabilidad Criminal por el cumplimiento total de la condena al Penado ALEXIS CECILIO CASTRO CASTILLO , Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.277.039, domiciliado en la calle 35 entre carrera 28 y 29 Nº 28-25 Barquisimeto Estado Lara desaplicando en atención al contenido del artículo 334 de la Constitución de al República Bolivariana de Venezuela la imposición de las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por cuanto las mismas violentan los derechos de igualdad, interpretación progresiva de los derechos humanos y respeto a la dignidad humana, consagrados en los artíc.....