En cuanto al monto condenado se procederá a indexar, en caso de incumplimiento voluntario, desde el día del decreto de ejecución voluntaria hasta la ejecución del fallo, conforme a lo establecido en el artículo 185 ejusdem. Respecto a la fijación de los lapsos no imputables a las partes, el experto deducirá los mismos conforme a las reiteradas jurisprudencias dictadas por el Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se hace innecesario consultar por escrito al Banco Central de Venezuela, ya que los mecanismos actuales de información (internet) mantienen al día estos datos a los que se acudirá en aras de la celeridad procesal. Designese experto. Notifíquese. Así se establece.