En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Concepto Derivados de la Relación Laboral incoada por el ciudadano Jean Luís Vallenilla, en contra de la sociedad mercantil Cargoport Logistics, C.A., sustituta de la empresa BULKGUAYANA, S.A., todos plenamente identificados en autos; en consecuencia, se condena a la demandada a pagar al demandante, la cantidad de Veinte Millones Seiscientos Once Mil Doscientos Treinta y Tres Bolívares Con Veinte Céntimos (Bs. 20.611.233,20), discriminados de la siguiente forma:
Primero: La cantidad de Cuatro Millones Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Novecientos Noventa y Ocho Bolívares Con Nueve Céntimos .....