De conformidad con los artículos 2, 253 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordada relación con los artículos 482 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal OTORGA EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a los ciudadanos penados JOSE ANGEL HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 6.885.135, YVAN DE JESUS ORDOÑEZ PAEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 13.406.702, MANUEL SALVADOR SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 21.644.222, y XAVIER SANCHEZ ROMERO, titular de la cedula de identidad N° V- 27.495.638, quienes purgan condena de prisión de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 406 en sus numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, CONTRA LA SEGURIDAD DE LA FUERZA ARMADA Y ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en los artículos 552 Y 502, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, en grado de complicidad, según lo previsto en los.....