DISPOSITIVA
Este Tribunal Militar Séptimo de Control de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: : UNICO: SE ADMITE totalmente la solicitud fiscal de conformidad con el artículo 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, contra el ciudadano Leonel Antonio Castillo Amaya, titular de la cédula de identidad Nº V-22.198.572, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de Espionaje, previsto y sancionado en el artículo 471 numeral 4 del Código Orgánico de Justicia Militar, se Decreta el Sobreseimiento de la Causa y en consecuencia Declara la Extinción de la Acción Penal seguida al ciudadano Leonel Antonio Castillo Amaya, titular de la cédula de identidad Nº V-22.198.572, plenamente identificado en autos.
Regístrese y publíquese. Remítase la causa al Archivo del Circuito Judicial Penal Militar, una vez vencido el lapso de Ley. Expídanse las copias certificadas de ley.
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