Este Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró CON LUGAR la pretensión de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION propuesta por el ciudadano GHANEM OMAR, de nacionalidad siria, mayor de edad, de estado civil soltero y titular de la Cedula de Identidad Nº E-84.487.608 contra el ciudadano ALBERTO JOSE REDONDO REYES, titular de la cédula de identidad N°10.470.432. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte demandante la suma de OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 85.000,00) por concepto de monto global de las letras de cambio antes identificadas.