Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar y en virtud de lo señalado en el artículo 443 Numeral 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, decreta la EXTINCIÓN DE LA PENA impuesta al penado FOREMAN RAUL YEPEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.553.459, con domicilio y residencia en la calle 23 de noviembre, Casa Nº 16, Barrio La Participación, sector Santa Rita, Maracay, Estado Aragua; quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO, UN (01) MES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias contempladas en los numerales 1º, 2º y 3º .....