Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza definitiva mediante RESOLUCION: PJ0822010000117, se impartió homologación al convenio llegado entre las partes ciudadanos: JULI JOSEFINA MUÑOZ MARTINEZ y FRANKLIN JOSE TOMEDEZ CARPIO, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de los adolescentes: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), de catorce (14) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente, el cual quedó en los términos siguientes: PRIMERO: Se compromete el progenitor a cancelar a la ciudadana: Juli Josefina Muñoz Martínez, para sus hijos por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400,oo) Mensuales. SEGUNDO: Para Agosto (Bs. 1.500,oo), para sufragar los gastos de estudios. TERCERO: Bs. 1.500,oo, para diciembre. Cuarto: Los adolescentes tienen Pólizar de Seguro. Quinto: Cubrir gastos Extras en un 50%. Sexto: El Inmuble donde residen los adolescentes quedará a nom.....