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DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS, LUCRO CESANTE Y DAÑO MORAL, incoada por el ciudadano LUIS GERARDO PALMA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 2.628.778 y de este domicilio, contra la Sociedad Civil Ruta 15, inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el Nro 40, folios 1 al 5, Protocolo Primero, Tomo 1 en fecha 1975, reformada y registrada en fecha 14/12/1995, bajo el Nro 32, Tomo 17, Protocolo Primero, en la persona del ciudadano Rafael Francisco La Rosa, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-5.238.237, en su condición de Presidente de la misma; SEGUNDO: como.....