Con base en las razones de hecho y de Derecho establecidas, ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL CON SEDE EN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud realizada por la Defensa Técnica en cuanto a que sean otorgadas las Medidas Cautelares sustitutivas al decreto de Privación Judicial Preventiva de la Libertad, a favor del ciudadano EDGAR GARCIA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V.-9.369.083, por la presunta comisión de los Delitos Militares de REBELIÓN MILITAR, previsto en el artículo 476 numeral 1 y 486 numerales 2 y 3, y sancionado en los artículos 477 numeral 2, concatenado con lo establecido en el artículo 479 y 487 del Código Orgánico de Justicia Militar y SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENCECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1 del referido Código Castrense, en consecuencia este tribunal Militar imp.....