DECLARO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación por el Teniente RENGIFO MARTINEZ ANGEL ALIX, en su carácter de Defensor Público Militar, contra la Medida Privativa de Libertad decretada en contra de los ciudadanos: Sargento Primero JESÚS ARMANDO SIFONTES SOTILLO, titular de la cédula de identidad n° V- 19.369.116 y Sargento Segundo JULIO JOSÉ VILLAROEL, titular de la cédula de identidad n° V- 19.416.540, por la presunta comisión de los delitos militares de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1 en grado de NEGLIGENCIA de acuerdo en el artículo 435, DESOBEDIENCIA AGRAVADA previsto y sancionado en los artículos 519 y 521 ordinal 4 ultimo aparte y ABANDONO DE FUNCIONES previsto y sancionado en el artículo 534 concatenado con el artículo 537, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, fundamentado en los artículos 439 numeral 4,5 y 440 del Código Orgánico Procesal Penal.