Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto por este Despacho, en fecha 27AGO2013, al acusado CAPITAN EMILEV GREGORIO CARANTOÑA RIOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.129.626, ampliamente identificado, por estar incurso en la comisión del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 ordinal 4 y 525 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la Causa de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano CAPITAN EMILEV GREGORIO CAR.....