- IV -
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologado el desistimiento del procedimiento, en el juicio que por REINTEGRO ARRENDATICIO sigue el ciudadano MANUEL PEREIRA DE SOUSA contra la Sociedad Mercantil PROYECTO PADRON, S.R.L. (PRODESPA, S.R.L.), ambas partes antes identificadas, signado con el expediente No. AP31-V-2009-003442 de la nomenclatura particular de este Despacho, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de Junio del año dos mil.....