DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con sede en Ciudad Bolívar. Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE a el acusado: XXXXXXXX, venezolano de 15 años de edad, nacido en fecha: 16/08/1991, titular de la cedula de identidad Nº , hijo XXXXX, residenciado en San Félix, Estado Bolívar, por la presunta comisión de los delitos de: TENTATIVA DE HURTO DE VEICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 4 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano NERIO NUÑEZ LUGO, el adolescente de marras queda en Libertad Plena desde esta sala. Se deja constancia que en el presente Juicio se cumplió con los principios de inmediación, concentración, privacidad, continuidad, el debido proceso e igualdad de las partes. Cúmplase. Regístrese y Remítase la presente sentencia en su debida oportunidad al Tribunal de Ejecución de la Sección de .....