-III-
DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre de los ciudadanos: LUIS ANTONIO PANTOJA ACOSTA y ROSA MARINA MONTESINOS DE PANTOJA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.285.929 y V-4.427.511, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Alcaldía del Municipio Baruta del Distrito Sucre del Estado Miranda (hoy Jefa de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda), en fecha 12 de septiembre de 1980, según consta de acta de matrimonio Nº 370, del libro de matrimonios correspondientes al año 1980.-
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