Se dictó sentencia declarándose PARCIALMENTE CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL incoado por la ciudadana ADINA JOSEFINA CARUSO CABRERA contra la UNIVERSIDAD DE ORIENTE, en consecuencia: PRIMERO: NULA la Resolución CU. Nº 002/2009 dictada el veintidós (22) de enero de 2009 por el Consejo Universitario de la Universidad de Oriente, mediante la cual destituyó a la recurrente del cargo de Docente adscrita al Departamento Socio-Humanístico de la Unidad de Estudios Básicos del Núcleo Bolívar de la referida Universidad. SEGUNDO: se ORDENA a la Universidad de Oriente la reincorporación de la recurrente al cargo de Docente adscrita al Departamento Socio-Humanístico de la Unidad de Estudios Básicos del Núcleo Bolívar y el pago de los sueldos dejados de percibir. TERCERO: SIN LUGAR la pretensión de nulidad de los artículos 72 al 80 del Reglamento del Personal Docente y de Investigaciones de la Universidad de Oriente.