DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto con el primer supuesto del numeral 3º del artículo 318, en concordada relación con el articulo 48 ordinal 1º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable en la Jurisdicción Militar por remisión expresa del artículo 592 del Código Orgánico de Justicia Militar, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, seguida al ciudadano S/2do VILLEGA MUÑOZ JORDAVIS MOISÉS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.187.682, y a los ciudadanos CAP. HERNÁNDEZ RUTULIO SEGUNDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.474.933; TTE. MORENO GARCÍA DANY JOSÉ, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.199.094; y TTE. LIRA GARCÍA ÁNGEL DE JESÚS, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.083.293, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de c.....