Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA EL PERMISO EXTRAORDINARIO para disfrutar asueto de Semana Santa, en el domicilio de su grupo familiar al penado: GUTIERREZ SANCHEZ ENYELBER, titular de la cédula de identidad nro. 14.399.196, todo de conformidad con los artículos 2 y 3 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con la primera parte del ordinal 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.- Notifíquese URGENTE al penado, a la defensa, a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público, al Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández de esta ciudad, todos con copia de la decisión.- Regístrese.- Cúmplase.